En esta página9 apartados
- Prestación contributiva y subsidio: diferencia básica
- Principales vías de subsidio
- Cuantías de subsidios en 2026
- Rentas y responsabilidades familiares
- Subsidio por cotizaciones insuficientes: qué decisión implica
- Compatibilidad con trabajo
- Qué hacer si no sabes qué protección te corresponde
- Fuentes oficiales
- Preguntas frecuentes
Los subsidios por desempleo forman el nivel asistencial de protección y no deben confundirse con la prestación contributiva. Desde la reforma que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024 cambiaron requisitos, duraciones, cuantías y compatibilidades, por lo que muchas explicaciones antiguas han quedado desactualizadas.
Para varios subsidios del régimen reformado la cuantía es de 570 € durante los primeros 180 días, 540 € entre los días 181 y 360 y 480 € desde el día 361. El subsidio para mayores de 52 años mantiene 480 € durante todo el periodo reconocido.
Prestación contributiva y subsidio: diferencia básica
La prestación contributiva nace, en el caso ordinario, desde 360 días cotizados por desempleo dentro del periodo computable. Los subsidios cubren determinados supuestos asistenciales cuando no existe derecho contributivo, se ha agotado o se pertenece a uno de los colectivos protegidos.
Principales vías de subsidio
Cotizaciones insuficientes
Si estás en situación legal de desempleo y no llegas a 360 días cotizados, el subsidio por cotizaciones insuficientes puede nacer desde 90 días cotizados, siempre que cumplas sus requisitos.
Sin responsabilidades familiares, la duración máxima es de 3 meses con 90 días cotizados, 4 con 120, 5 con 150 y 6 con 180 días. Con responsabilidades familiares, desde 180 días cotizados la duración máxima puede llegar a 21 meses, mediante periodos trimestrales prorrogables.
Las cotizaciones utilizadas para generar este subsidio no podrán volver a utilizarse después para reconocer la prestación contributiva.
Agotamiento de la prestación contributiva
Si agotas la contributiva y sigues en desempleo, puede existir un subsidio dependiendo de edad, duración del paro agotado, responsabilidades familiares, rentas y demás requisitos. Tras la reforma, determinados menores de 45 años sin responsabilidades familiares también pueden acceder cuando la prestación contributiva agotada tuvo la duración mínima exigida.
Mayores de 52 años
Es un subsidio con reglas propias y especial relevancia por la cotización para jubilación. Su cuantía en 2026 continúa en el 80 % del IPREM: 480 € mensuales. No debe mezclarse con los tramos 95/90/80 % de los demás subsidios reformados.
Otros supuestos protegidos
Existen además vías específicas para personas emigrantes retornadas y víctimas de determinadas violencias, entre otros supuestos regulados. Cada modalidad tiene requisitos propios y no se puede decidir el derecho únicamente comparando ingresos.
Cuantías de subsidios en 2026
Con un IPREM mensual de 600 €, el SEPE publica para los subsidios reformados:
| Periodo | % IPREM | Cuantía mensual |
|---|---|---|
| Días 1–180 | 95 % | 570 € |
| Días 181–360 | 90 % | 540 € |
| Desde día 361 | 80 % | 480 € |
El subsidio de mayores de 52 años permanece en 480 € mensuales durante todo el periodo reconocido.
Rentas y responsabilidades familiares
Los requisitos de rentas o responsabilidades familiares cambian según la modalidad. El SEPE publica para 2026 una referencia de renta máxima individual de acceso de 915,75 € mensuales, equivalente al 75 % del SMI de 1.221 €. Esto no significa que todos los subsidios funcionen con el mismo test ni que baste con estar por debajo de esa cantidad.
Subsidio por cotizaciones insuficientes: qué decisión implica
Si utilizas cotizaciones para generar este subsidio, esas cotizaciones quedan consumidas y no sirven posteriormente para alcanzar los 360 días de la contributiva. Por eso, cuando estás cerca de un nuevo empleo o de completar el periodo, puede ser importante entender el efecto antes de solicitar.
Compatibilidad con trabajo
La reforma introdujo el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que permite en determinados casos compatibilizar subsidio y trabajo por cuenta ajena con cuantías específicas. Las reglas dependen del trimestre del subsidio y de la jornada pactada.
Para no convertir esta guía en otra guía de compatibilidades, consulta compatibilidades del paro y subsidios antes de comenzar un trabajo.
Qué hacer si no sabes qué protección te corresponde
- Comprueba si existe situación legal de desempleo.
- Cuenta cotizaciones por desempleo no utilizadas.
- Si llegas a 360 días, revisa primero la contributiva.
- Si no llegas o la has agotado, identifica qué modalidad de subsidio encaja.
- Comprueba rentas, responsabilidades familiares, edad y plazo según esa modalidad concreta.
La calculadora de desempleo calcula exclusivamente la prestación contributiva; no utilices su resultado como estimación de un subsidio.
Fuentes oficiales
- SEPE: cuantías 2026.
- SEPE: subsidio por cotizaciones insuficientes.
- SEPE: subsidio por agotamiento de la contributiva.
- Ley General de la Seguridad Social, nivel asistencial.
Preguntas frecuentes
¿Con tres meses cotizados puedo tener ayuda?
El subsidio por cotizaciones insuficientes puede partir de 90 días cotizados si se cumplen los demás requisitos.
¿Todos los subsidios son de 480 €?
No. En 2026 varios subsidios reformados tienen tramos de 570 €, 540 € y 480 €. El de mayores de 52 años mantiene 480 €.
¿Las cotizaciones usadas en un subsidio sirven luego para el paro?
Las cotizaciones que generan el subsidio por cotizaciones insuficientes no se reutilizan después para reconocer la prestación contributiva.