En esta página11 apartados
- 1. Estar en situación legal de desempleo
- 2. Estar afiliado y en alta o situación asimilada
- 3. Tener al menos 360 días cotizados por desempleo
- 4. Estar disponible y mantener la demanda de empleo
- 5. No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación en los términos aplicables
- 6. No encontrarte en una incompatibilidad
- 7. Presentar la solicitud dentro de plazo
- Documentación básica
- Cómo comprobar rápidamente si superas el filtro contributivo
- Fuentes oficiales
- Preguntas frecuentes
Para cobrar la prestación contributiva por desempleo no basta con haber trabajado. Hay que reunir varios requisitos al mismo tiempo. Esta página funciona como checklist de acceso; para la explicación completa de la prestación utiliza la guía de prestación contributiva.
En el caso general necesitas situación legal de desempleo, estar afiliado y en alta o situación asimilada, mantener la inscripción como demandante y haber cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores sin que esas cotizaciones ya hayan servido para un derecho anterior.
1. Estar en situación legal de desempleo
La pérdida o reducción de empleo debe encajar en una causa protegida. Despido y determinados finales de contrato son ejemplos habituales; una baja voluntaria ordinaria no lo es.
Si tienes dudas sobre la causa, revisa primero qué es la situación legal de desempleo.
2. Estar afiliado y en alta o situación asimilada
La prestación protege a personas incluidas en regímenes que cubren la contingencia de desempleo. El requisito no se reduce a «haber tenido contrato»: debe existir protección por desempleo en el régimen y situación correspondiente.
3. Tener al menos 360 días cotizados por desempleo
En el caso general, la prestación contributiva exige 360 días cotizados dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
Las cotizaciones ya utilizadas para reconocer una prestación anterior no se vuelven a utilizar para generar otra. La duración crece por tramos y puede llegar hasta 720 días de prestación; puedes ver la escala completa en duración y cuantía del paro.
Si tienes menos de 360 días, no nace la prestación contributiva ordinaria. Desde 90 días cotizados pueden existir supuestos de subsidio por cotizaciones insuficientes, siempre que se cumplan sus propios requisitos.
4. Estar disponible y mantener la demanda de empleo
La solicitud de la prestación incluye el acuerdo de actividad. Debes estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante la percepción en los términos exigidos.
La inscripción y la prestación no son exactamente el mismo trámite. La demanda se gestiona a través del servicio público de empleo competente y la prestación económica la reconoce el SEPE.
5. No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación en los términos aplicables
El SEPE incluye entre los requisitos no haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse, salvo los supuestos en los que legalmente no proceda acceder a la pensión contributiva correspondiente.
6. No encontrarte en una incompatibilidad
Trabajo, actividad por cuenta propia, pensiones y otras situaciones pueden afectar a la prestación. Las reglas de compatibilidad han cambiado en los últimos años y no deben resumirse como «si trabajas pierdes siempre el paro».
Para ese bloque utiliza la guía de compatibilidades del paro.
7. Presentar la solicitud dentro de plazo
El SEPE indica que la solicitud ordinaria debe presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado. Si la empresa ha abonado vacaciones no disfrutadas, el plazo comienza después del periodo equivalente a esas vacaciones.
Solicitar fuera de plazo no implica necesariamente perder todo el derecho, pero puede hacerte perder días de prestación entre la fecha en que habría nacido el derecho y la fecha efectiva de solicitud.
Documentación básica
La documentación exacta depende del caso, pero normalmente conviene tener preparados identificación, cuenta bancaria de la que seas titular y la documentación familiar cuando sea relevante. El certificado de empresa suele enviarse electrónicamente por la empresa al SEPE; si no consta o no es suficiente para acreditar la situación, puede ser necesaria documentación adicional.
Consulta nuestra guía específica sobre el certificado de empresa.
Cómo comprobar rápidamente si superas el filtro contributivo
- ¿Tu cese es involuntario o está legalmente protegido?
- ¿Tienes 360 días o más cotizados por desempleo dentro del periodo computable?
- ¿Esas cotizaciones no han sido consumidas por un derecho anterior?
- ¿Puedes inscribirte y mantenerte como demandante?
- ¿Estás dentro del plazo de solicitud?
- ¿No concurre una incompatibilidad que impida el derecho?
Si respondes afirmativamente al caso general, utiliza la calculadora de prestación por desempleo para estimar duración y cuantía.
Fuentes oficiales
- SEPE: prestación contributiva, requisitos y tramitación.
- Ley General de la Seguridad Social, artículos 266 a 270.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tengo que haber trabajado para cobrar el paro?
El requisito general de la contributiva es acreditar al menos 360 días cotizados por desempleo dentro de los seis años anteriores computables.
¿Puedo cobrar el paro con menos de 360 días?
No la prestación contributiva ordinaria. Puede existir un subsidio por cotizaciones insuficientes desde determinados periodos mínimos si cumples sus requisitos.
¿Cuánto plazo tengo para pedirlo?
Con carácter general, 15 días hábiles. Si tienes vacaciones retribuidas pendientes abonadas al finalizar, el cómputo comienza tras ese periodo.