En esta página9 apartados
- La regla de 18 meses en un periodo de 24
- No es un permiso para usar temporalidad durante 18 meses
- Qué contratos cuentan para esta regla concreta
- También puede importar el puesto, aunque cambien las personas
- Ejemplo sencillo
- Qué documentos debes reunir
- Qué hacer si crees que has superado el límite
- Fuentes oficiales
- Relacionado
Encadenar varios contratos temporales no significa que cada contrato sea válido hasta alcanzar un número máximo. En España hay que comprobar dos capas distintas: que cada contrato temporal tenga una causa legal real y, además, que la sucesión de determinados contratos no supere los límites del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Si, dentro de un periodo de 24 meses, has estado contratado durante más de 18 meses mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción con la misma empresa o grupo, puedes adquirir la condición de persona trabajadora fija.
La regla de 18 meses en un periodo de 24
El artículo 15.5 del Estatuto establece que adquieren la condición de fijas las personas que, en un periodo de 24 meses, hayan estado contratadas durante un plazo superior a 18 meses, con o sin interrupciones, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción con la misma empresa o grupo de empresas.
La regla puede operar aunque hayas ocupado puestos diferentes y también cuando parte de la contratación se haya realizado a través de una empresa de trabajo temporal. Los supuestos de sucesión o subrogación empresarial pueden igualmente quedar incluidos.
No es un permiso para usar temporalidad durante 18 meses
El límite de encadenamiento no convierte en válidos contratos que carecen de causa. La contratación temporal ordinaria solo puede utilizarse en los supuestos legalmente previstos y el contrato debe identificar con precisión la causa, las circunstancias concretas y su conexión con la duración prevista.
Por tanto, una relación puede ser indefinida antes de llegar al umbral de 18 meses si la causa temporal no existe, se ha utilizado de forma fraudulenta o la necesidad cubierta es estructural. Para revisar primero la modalidad utilizada, consulta la guía del contrato temporal.
Qué contratos cuentan para esta regla concreta
La regla de 18 meses en 24 se refiere expresamente a dos o más contratos por circunstancias de la producción. No conviene sumar automáticamente cualquier contrato de duración determinada como si todos funcionaran igual.
Por ejemplo, un contrato de sustitución tiene una causa y una lógica propias. Que no entre exactamente en este cómputo no significa que pueda prolongarse sin límite ni utilizarse sin persona o situación que justifique la sustitución.
También puede importar el puesto, aunque cambien las personas
El Estatuto añade otra protección: adquiere la condición de fija la persona que ocupe un puesto que haya estado cubierto, con o sin interrupciones, durante más de 18 meses en un periodo de 24 mediante contratos por circunstancias de la producción, incluidos contratos de puesta a disposición de ETT.
Esto evita analizar únicamente la sucesión de contratos de una misma persona. Si una necesidad permanente se cubre encadenando trabajadores temporales distintos, también puede aparecer una consecuencia de fijeza para quien ocupa el puesto.
Ejemplo sencillo
Imagina que una persona firma un contrato por circunstancias de la producción, termina, vuelve meses después con otro contrato de la misma clase y, al mirar cualquier ventana de 24 meses, el tiempo acumulado contratado supera los 18 meses. Si se cumplen los demás elementos del artículo 15.5, entra en juego la adquisición de la condición de fija.
No hace falta que los contratos sean consecutivos ni que el puesto tenga exactamente el mismo nombre. Lo importante es reconstruir fechas, empresa o grupo y modalidad contractual.
Qué documentos debes reunir
- Todos los contratos y prórrogas.
- Fechas reales de alta y baja de cada periodo.
- Vida laboral.
- Empresa contratante y, si procede, ETT o grupo empresarial.
- Puesto y funciones desempeñadas en cada periodo.
- La causa concreta escrita en cada contrato temporal.
Qué hacer si crees que has superado el límite
No firmes una conclusión basándote solo en contar meses de memoria. Prepara una línea temporal y comprueba primero qué contratos son por circunstancias de la producción y qué periodos entran en la ventana de 24 meses.
Si el resultado supera el límite o detectas que la causa temporal era aparente, puede ser útil solicitar por escrito aclaración de tu situación contractual y obtener asesoramiento laboral. El Estatuto prevé además que la empresa facilite un documento justificativo de la nueva condición de persona trabajadora fija en los supuestos legales correspondientes.