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El finiquito es la liquidación de cantidades pendientes cuando termina una relación laboral. Puede existir tanto si hay despido como si termina un contrato temporal o si la persona trabajadora causa baja voluntaria. No es sinónimo de indemnización.
Finiquito = cantidades ya devengadas y pendientes. Indemnización = compensación que corresponde solo en determinados supuestos de extinción y con reglas propias.
Qué suele incluir un finiquito
Salario pendiente
La parte de salario correspondiente a los días trabajados del último periodo que todavía no se hayan abonado, junto con variables o complementos ya devengados que deban liquidarse.
Parte proporcional de pagas extraordinarias
Si las pagas no están prorrateadas, puede existir una parte generada desde el inicio del periodo de devengo hasta la fecha de cese. El periodo real depende del convenio.
Vacaciones devengadas y no disfrutadas
Las vacaciones pendientes al terminar la relación laboral pueden abonarse en la liquidación. Durante la relación laboral, en cambio, las vacaciones no se sustituyen normalmente por dinero.
Otros conceptos
Pueden aparecer comisiones, incentivos, atrasos, horas ya devengadas, anticipos a descontar u otros ajustes. No hay una lista idéntica para todos los trabajadores.
Cómo estimar el finiquito
- Calcula el salario y conceptos pendientes del último periodo.
- Determina si las pagas están prorrateadas. Si no, calcula la parte devengada de cada paga pendiente.
- Calcula las vacaciones generadas y resta las ya disfrutadas.
- Añade otros importes devengados o resta anticipos conocidos.
- Separa el resultado bruto de las cotizaciones y retenciones que deban practicarse en la liquidación real.
La calculadora de finiquito reproduce esta estructura y reutiliza el mismo motor de devengo de pagas y vacaciones de las herramientas específicas.
Finiquito e indemnización: no los mezcles
Una baja voluntaria puede generar finiquito sin generar indemnización legal por despido. Un despido objetivo puede generar finiquito y, además, una indemnización. Un despido improcedente tiene su propio régimen indemnizatorio.
Para estimar ese segundo bloque utiliza la calculadora de indemnización por despido/extinción.
Vacaciones pendientes y cotización
Las vacaciones retribuidas y no disfrutadas antes de finalizar la relación laboral tienen un tratamiento específico de cotización mediante liquidación complementaria. Por eso la cantidad pagada por vacaciones pendientes no debe tratarse como si fuera un concepto aislado sin Seguridad Social.
Documento de liquidación y firma
El artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que, al comunicar la denuncia o preaviso de la extinción, la empresa debe acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. La persona trabajadora puede solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores al firmar el recibo del finiquito.
Firmar un documento no convierte automáticamente en correcta una cantidad mal calculada. Si no comprendes el contenido o discrepas, conviene dejar constancia de la situación y obtener asesoramiento cuando sea necesario.
Qué revisar antes de darlo por bueno
- Fecha efectiva de finalización.
- Días de salario pendientes.
- Periodo real de devengo de cada paga extraordinaria.
- Vacaciones generadas, disfrutadas y pendientes.
- Variables o complementos pendientes.
- Anticipos u otros descuentos.
- Que la indemnización, si existe, esté identificada separadamente.
Herramientas relacionadas
- Calculadora de finiquito.
- Paga extra y devengo.
- Vacaciones generadas y pendientes.
- Indemnización por despido/extinción.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Siempre existe finiquito?
Si al terminar la relación hay cantidades pendientes de liquidar, deben reflejarse. El resultado económico puede ser muy pequeño o incluso quedar compensado por ajustes, pero el concepto de liquidación no depende de que exista despido.
¿Finiquito e indemnización son lo mismo?
No. La indemnización depende de la causa o calificación de la extinción; el finiquito liquida cantidades devengadas.
¿Las vacaciones no disfrutadas se pagan?
Al finalizar la relación laboral pueden liquidarse las vacaciones devengadas y pendientes, con su tratamiento de cotización correspondiente.